Código Procesal Penal Artículo 448 bis Provincia de Buenos Aires
Código Procesal Penal Buenos Aires
Artículo 448 bis. Recurso en el juicio por jurados
El recurso contra la condena dictada en los juicios por jurados podrá serinterpuesto por los mismos motivos del artículo anterior. Asimismo constituirán motivos especiales para su interposición: a) La inobservancia o errónea aplicación de las reglas referidas a la constitucióny recusación del jurado y a la capacidad de sus miembros.
b) La arbitrariedad de la decisión que rechace medidas de prueba, de modo que sehubiera cercenado el derecho de defensa en juicio y condicionado la decisión deljurado. c) Cuando se hubieran cuestionado las instrucciones al jurado y se entendieraque éstas pudieron condicionar su decisión. d) Cuando la sentencia condenatoria se derive del veredicto de culpabilidad que se apartare manifiestamente de la prueba producida en el debate.
Provincia de Buenos Aires Artículo 448 bis Código Procesal Penal
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Adhieren a la Ley Nacional 27.580 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo Provincia del Chubut Constitución Misiones Artículo 135. Constitución Neuquén Artículo 148. Empréstitos Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 294. REMISION DE LOS AUTOS. NOTIFICACION. CONSTITUCION DE DOMICILIO Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 602. REGLAS APLICABLESPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios